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Boaventura de Sousa
Santos: Crítica de la Razón Indolente,
Bilbao, Desclée de Brouwer, 2003.
En esta selección de texto profundizamos el tema del Cambio, de los cambios con
los que nos enfrentamos en este nuevo siglo, donde los paradigmas de la
modernidad han fracasado, donde nada es lo que era y donde la incertidumbre es
reina. Este volumen, lleno de sentido común, que inspira la reflexión sobre los
derechos humanos, la ciencia, la política abordados con criterio reflexivo y
crítico, es de interés no sólo para profesionales de la ley, sino para todos
quienes esten interesados en los cambios políticos, económicos y sociales en
este recién nacido siglo XXI.
Lic. Amanda López Molina
(Selección de texto)
CAPÍTULO III
UNA CARTOGRAFÍA SIMBÓLICA DE
LAS REPRESENTACIONES SOCIALES:
EL CASO DEL DERECHO
Todos
los conceptos con que representamos la realidad y a través de los cuales
construimos las diferentes ciencias sociales y sus especializaciones, la
sociedad y el estado, el individuo y la comunidad, la ciudad y el campo, las
clases sociales y las trayectorias personales, la producción y la cultura, el
derecho y la violencia, el régimen político y los movimientos sociales, la
identidad nacional y el sistema mundial, todos estos conceptos tienen una
contextura espacial, física y simbólica que se nos escapa por el hecho de que
nuestros instrumentos analíticos están de espaldas a ella, pero que, ahora
vemos, es la llave de la comprensión de las relaciones sociales en las que se
teje cada uno de estos conceptos. Siendo así, el modo como imaginamos lo real
espacial puede venir a transformarse en la matriz de las referencias con que
imaginamos todos los demás aspectos de la realidad.
(...)
Son
varios los modos de imaginar y representar el espacio. De entre ellos,
selecciono los mapas y, en estos, los mapas cartográficos. Pareo del derecho,
que, como defendí en la Primera Parte, comparte con la ciencia las tareas de
racionalización del Estado y de la sociedad modernos. El análisis cartográfico
del derecho permite identificar las estructuras profundas de la representación
jurídica de la realidad social, casi siempre ausentes en los debates sobre los
límites y las crisis del derecho a los que pasamos revista en el Capítulo II.
La comparación propuesta es, entonces, entre mapas y derecho.
El
derecho, esto es, las leyes, las normas, las costumbres, las instituciones
jurídicas, es un conjunto de representaciones sociales, un modo específico de
imaginar la realidad que, a mi entender, tiene muchas semejanzas con los mapas.
El análisis de tales semejanzas presupone, en un primer momento, que el derecho
sea concebido, metafóricamente, como mapa y, en un segundo momento, que la
metáfora sea tomada literalmente. Obviamente, el derecho es mapa tan sólo en
sentido metafórico. Pero los tratados de retórica nos enseñan que el uso
repetido de una metáfora durante un largo período de tiempo transforma
gradualmente la descripción metafórica en una descripción literal (Perelman y
Olbrechts-Tyteca, 1969:405). Las normas jurídicas son hoy mapas en sentido
metafórico. Mañana, podrán eventualmente serlo en sentido literal. La
estrategia analítica aquí propuesta nos obliga a un corto circuito entre el hoy
y el mañana, una suspensión del tiempo que crea espacio para el espacio.
Los
mapas son distorsiones reguladas de la realidad, distorsiones organizadas de
territorios que crean ilusiones creíbles de correspondencia. Imaginando la
irrealidad de las ilusiones reales, convertimos correspondencia ilusorias en
oriewntación pragmática, confirmando la máxima de William James según la cual
“lo importante es ser guiado” (James, 1969). El derecho, tal como los mapas, s
una distorsión regulada de territorios sociales. Características que, además,
comparte con los poemas. De acuerdo con la teoría de la creación poética de
Hrold Bloom (1973), los poetas (los poemas), con el fin de ser originales,
tienen que distorsionar la tradición poética que les llegó a través de
generaciones y generaciones de poetas (y de poemas) que los antecedieron. Los
poetas sufren la ansiedad de la influencia y la poesía es siempre el resultado
de la tentativa del poeta por negarla. Los poetas superan la ansiedad de la
influencia distorsionando la realidad poética.
El
mapa, el poema y el derecho, aunque por diferentes razones, distorsionan las
realidades sociales, las tradiciones o los territorios, y todos lo hacen según
ciertas reglas. Los mapas distorsionan la realidad para instituir la
orientación; los poemas distorsionan la realidad par instituir la originalidad;
el derecho distorsiona la realidad para instituir la exclusividad. En lo
tocante al derecho, por ejemplo, e independientemente de la pluralidad de las
órdenes normativas que circulan en la sociedad, cada una de estas, considerada
por separad, aspira a se exclusiva, a detentar el monopolio de la regulación y
el control de la acción social dentro de su territorio jurídico.
(...)
Esta
distorsión de la realidad no es caótica. Se da a través de mecanismos y de
operaciones de determinados y determinables. Pretendo mostrar en este capítulo
los isomorfismos entre las reglas y los procedimientos de distorsión
cartográfica, por un lado, y ls reglas y los procedimientos de distorsión
jurídica, po otro. A mi entender, las relaciones de las diferentes
juridicidades en la realidad social son muy semejantes a las que existen entre
los mapas y la realidad espacial. De hecho, las juridicidades son mapa; los
derechos escritos son mapas cartográficos; los derechos consuetudinarios
(customary) e informales son mapas mentales. Esta es una metáfora fuerte, y,
como tal, será tomada literalmente. De ahí que el subtítulo de este capítulo
podría ser muy bien: “ como tomar las metáforas en sentido literal”.
Este
abordaje, que puede designarse como cartografía simbólica del derecho,
tiene, a mi entender, un doble mérito. Por un lado, permite resolver algunos
problemas de la sociología del derecho hasta ahora sin resolución. Permite, por
ejemplo, desarrollar una conceptualización sociológica del derecho autónoma de
la que ha sido elaborada por los juristas y por la ciencia jurídica y con eso
hace posible superar uno de los más persistentes obstáculos epistemológicos a
la constitución de un objeto teórico propio de la sociología del derecho. Por
otro lado, la concepción del derecho en sociedad hacia la que apunta cuestiona
radicalmente algunos de los postulados filosóficos y políticos de la teoría
liberal del Estado y del derecho modernos y, por esa vía, contribuye par la
construcción de un pensamiento jurídico propio de la transición paradigmática, o
sea, para la construcción de una concepción postmoderna del derecho.
1.
Comprender los mapas
(...)
1.1
Escala
La
escala es el primer gran mecanismo de representación/distorsión de la realidad.
La escala es “la relación entre la distancia en el mapa y la correspondiente
distancia en el terreno” (Monmonier, 1981:41) y, como tal, implica una decisión
sobre el grado de pormenorización de la representación. Los mapas de gran
escala tienen un grado más elevado de pormenorización que los mapas de pequeña
escala porque cubren un área inferior, a la que es cubierta, en el mismo espacio
de diseño, por los mapas de pequeña escala. Los mapas son siempre “una versión
miniaturizada” (Keates, 1982:73) de la realidad y, por eso, envuelven siempre
una decisión sobre los detalles más significativos y sus características más
relevantes. Como dice Muehrcke, “lo que torna el mapa tan útil es su carácter
de omisión. Es el reducir la realidad a su esencia” (1986:10). Es fácil de ver
que la decisión sobre el tipo de uso del mapa y viceversa. Por ejemplo, “los
mapas de pequeña escala no permiten determinar con exactitud la anchura de las
carreteras o de los ríos pero permiten determinar con exactitud las posiciones
relativas de estos elementos, entre sí y en relación a los demás accidentes del
terreno” (Monmonier, 1981:4).
(...)
El
mecanismo de la escala también se aplica a la acción social porque media entre
intención y acción. Los urbanistas y los jefes milirares, tal como los
administradores y los legisladores, definen las estrategias en pequeña escala y
deciden la actuación cotidiana en gran escala. El poder tiende a representar la
realidad social y física en una escala escogida por su virtualidad para crear
los fenómenos que maximizan las condiciones de reproducción del poder. La
representación / distorsión de la realidad es un presupuesto del ejercicio del
poder.
1.2
Proyección
(...)
1.3
Simbolización
(...)
2. Una cartografía simbólica
del derecho
(...)
2.1
El derecho
y la escala
(...)
2.2
El derecho
y la proyección
(...)
2.3
El derecho
y la simbolización
(...)
3.
Para una concepción post-moderna de las representaciones sociales
Los
mapas son objetos vulgares, triviales. Hacen parte de nuestro cotidiano al
mismo tiempo que nos orientan en él. Como dice Hogdkiss, es difícil no se
confrontados en nuestra rutina diaria con por lo menos dos mapas ciertos
encontrarnos con un mapa blanco y negro para señalar y localizar cualquier
acontecimiento importante. Cuando llegamos a casa, al final del día, el
noticiero de televisión también nos mostrará un mapa con el mismo objetivo. Más
allá de eso, la previsión del tiempo nos hecha cotidianamente, tanto en la
prensa, como en la televisión, con la ayuda de fotografías de satélite y de
mapas particularmente concebidos para facilitar la comprensión (1981:
11).
Al usar
como metáfora de base un objeto tan común y vulgar como el mapa, la cartografía
simbólica del derecho pretende contribuir para vulgarizar y trivializar el
derecho con la intención de abrir camino para un nuevo sentido común jurídico.
El tema central de este libro es la construcción de un nuevo sentido común capaz
de sustentar la intangibilidad y la luchas emancipadoras en la transición
paradigmática. El nuevo sentido común jurídico propuesto en este volumen es
parte constitutiva del nuevo sentido común por el que debe orientarse el
conocimiento del paradigma emergente. Como referí en el capítulo I, tendrá que
estar suficientemente alejado del sentido común existente para poderlo criticar
y eventualmente recusar, pero, por otro lado, tiene que estar suficientemente
próximo de él para tener presente que el único objetivo legítimo del
conocimiento – emancipación es la construcción de un nuevo sentido común.
La
cartografía simbólica del derecho aquí trazada es una de las vías de acceso a
una concepción post – moderna del derecho. A lo largo de la exposición, fui
presentando algunos de los componentes básicos de esta concepción. Algunos de
ellos fueron ya presentados en el capítulo II y serán retomados en capítulo V,
otros serán desarrollados en los volúmenes 2º y 3º. El primero y tal vez más
importante es el concepto de pluralismo jurídico. No se trata del pluralismo
jurídico estudiado y teorizado por la antropología jurídica, o sea, de la
coexistencia, en el mismo espacio geográficamente segregados. Se trata, si, de
la yuxtaposición, articulación e interpretación de varios espacios jurídicos
mezclados, tanto en nuestras actitudes, como en nuestros comportamientos, sea en
momentos de crisis o de transformación cualitativa de las trayectorias
personales y sociales, sea en la rutina tibia de lo cotidiano sin historia.
Vivimos un tiempo de porosidad ética y jurídica, de un derecho poroso
constituido por múltiples redes de ordenes jurídicos que nos fuerzan a
constantes transiciones y transgresiones. La vida socio – jurídica de fin de
siglo es constituida por la intersección de diferentes líneas de fronteras y el
respeto de unas implica necesariamente la violación de otras. Somos, pues,
transgresores compulsivos, el otro lado de la libertad multiplicada por sí misma
según el ideario de la modernidad.
La
intersección de las fronteras éticas y jurídicas nos conduce al segundo concepto
– llave de una visión post – moderna del derecho, el concepto de
interlegalidad. La interlegalidad
Es la
dimensión fenomenológia del pluralismo jurídico. Se trata de un proceso
altamente dinámico porque los diferentes espacios jurídicos no son sincrónicos y
por eso también las mezclas de códigos de escala, de proyección o de
simbolización son siempre desiguales e inestables. La mezcla de códigos es
visible en todos los procesos sociales que investigué. Es también visible en el
modo como el derecho global emergente, al que hice referencia, se apropia de los
lenguajes jurídicos, locales o tradicionales. Pienso que he demostrado que ese
derecho, en cuanto juridacidad de pequeña escala, mezcla una visión telescópica
de la realidad con una retórica moralista típica de la juricidad local y de gran
escala. Al mismo tiempo que amplía el espacio jurídico hasta la escala
planetaria, crea particularismos y personalismos que recuerdan los privilegios
de los status medievales ligados a las diversas profesiones juris.
(...)
Al
contrario del sentido común jurídico hoy dominante, el nuevo sentido común parte
de una concepción de derecho autónoma de la que es producida por las profesiones
e instituciones jurídicas del estado moderno y que está en la base de la
ideología jurídica dominante. Al cuestionar esta ideología en tanto que forma
de auto-conocimiento que legitima y naturaliza el poder social de los
profesionales y de las clases sociales que ellos sirven con mayor o menor
autonomía, el nuevo sentido común jurídico es un conocimiento vulgar más
crítico. Trivializar y vulgarizar el derecho implica necesariamente, es una
fase de transición ideológica, cuestionar y criticar el poder social de los que
insisten en la sacralización, ritualización y profesionalización del derecho.
Dije
arriba que merecía la pena probar las virtualidades teóricas y analíticas de la
cartografía simbólica en el estudio de otras representaciones sociales más allá
del derecho. Pienso que merecerá particularmente la pena el caso de las
representaciones sociales que tienen un contenido normativo explícito cuya
reproducción expandida es asegurada por organizaciones formales servidas por
conocimientos y prácticas profesionalizados. Así será el caso de la religión y
de la educación pero la verdad de todas las demás prácticas y representaciones
sociales cristalizadas en instituciones formales, profesionalizadas, de las
fuerzas armadas al movimiento sindical, del deporte a la seguridad social. Las
virtualidades de la cartografía simbólica, o sea, de un abordaje asentado en el
estudio de las escalas, de las proyecciones y de las simbolizaciones, son
fundamentalmente tres.
(...)
Las
reglas de la escala, de la proyección y de la simbolización son procedimientos
que, sin ser neutros, tienen una dimensión técnica propia que preside las
mediaciones y hasta las rupturas entre intereses en instituciones, entre estas y
su impacto. El abordaje cartográfico parte del postulado de que los intereses
grupales o de clase hacen suceder todo pero no explican nada. Y esto porque la
explicación nunca explica lo que sucede sino cómo sucede, en otras palabras,
porque el “que” del acontecer sólo es susceptible de la proyección en tanto que
“como” del acontecer. Un abordaje de este tipo, atento a la mecánica terrestre
de las cosas, puede se acusada de formalismo analítico. Juzgo, sin embargo, que
nuestro siglo ha sido demasiado polarizado por la oposición formal/informal,
tanto en la acción social, como en el análisis científico, tanto en el arte,
como la literatura. Ahora que nos aproximamos al final del siglo, es tiempo de
ver lo formal en lo informal y lo informal en lo formal y no asumir posiciones
dogmáticas respecto de la positividad o negatividad de cualquiera de ellos.
En
tercer lugar, y finalmente, las virtualidades de un abordaje centrado en las
escalas, proyecciones y simbolizaciones, residen en la combinación entre el
análisis estructural y el análisis constituye uno de los talones de Aquiles de
la sociología moderna. Comenzamos por desacreditar de los individuos y el
sentido que conferían a su vida y a la vida de los otros. Durkheim nos enseñó
que la conciencia individual era un cáliz y el descubrimiento de la
subjetividad, de la interacción simbólica y de la creación interpersonal de
sentido nos hizo imaginar que nadábamos en la alta mar de la intersubjetividad,
olvidando de que las elevadas olas no traspasaban de los cálices en los que
estábamos sumergidos. Hoy, es tan necesario saber imaginar el mar n los
cálices, como saber imaginar los cálices en el mar. Los mapas el objeto cuyo
diseño está más estrictamente vinculado al uso al que se le quiere destinar.
Por eso, las reglas de la escala, de la proyección y de la simbolización son los
modos de estructura en el espacio diseñado una respuesta adecuada a nuestra
subjetividad, la intención práctica con que dialogamos con el mapa. Así, los
mapas son un campo estructurado de intencionalidades, una lengua franca que
permite la conversación siempre inacabada entre la representación de lo que
somos y la orientación que buscamos. La incomplexión estructurada de los mapas
es la condición de la creatividad con que nos movemos entre sus puntos fijos.
De nada valdría diseñar mapas si no hubiera viajantes para recorrerlos.
(...)
Agradecemos a Desclée De Brouwer
por la autorización para la publicación de este material
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